Supongamos que con la certificación negativa

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del nombre de la sociedad, y la escritura de constitución firmada ante notario incluyendo los estatutos y adjuntando el certificado del banco de la aportación de Capital Social, nos damos de alta en el Censo de Actividades, pagamos el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, nos damos de alta en el I.A.E.,

Inscribimos la empresa en el Registro Mercantil, legalizamos los libros e inscribimos la empresa en la Seguridad Social para que tenga capacidad jurídica de contratar: es decir, ya tenemos nuestra sociedad legalmente constituida y en condiciones de realizar las operaciones que necesite.
¿Qué hacemos a continuación?

Realizar las operaciones necesarias para que la sociedad tenga personalidad jurídica propia.

CIERTO

FALSO

Supongamos que con la certificación negativa