¿Porqué es necesario?

• La Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles 5/2012 en su artículo 11 establece que una de las condiciones para ejercer de mediador es que disponga de un seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su actuación en los conflictos en que intervenga.


• El artículo 14 establece la responsabilidad de los mediadores por los daños y perjuicios que causasen. Así, el perjudicado tendrá acción directa contra el mediador y, en su caso la institución de mediación.


• El Real Decreto 980/2013 indica que todo mediador deberá contar con un contrato de Seguro de Responsabilidad Civil para cubrir el riesgo, los daños y perjuicios causados en el ejercicio de su función.



PUNTO DE MEDIACIÓN proporciona a sus mediadores por medio de la aseguradora MARKEL un nuevo seguro colectivo de Responsabilidad Civil Profesional.


Principales ventajas
• Válido tanto para mediadores individuales como para instituciones de mediación.
• Se trata de un seguro con un bajo coste : Desde solo de 35 € anuales para mediadores individuales (instituciones caso a caso).
• Seguridad 100% de la responsabilidad ante posibles vacíos de cobertura de las pólizas de los colegios profesionales
• Completo:
Responsabilidad Civil Profesional, Responsabilidad Civil Explotación, Responsabilidad Civil Patronal, Defensa Jurídica y Fianzas, Inhabilitación profesional, Daños a expedientes, LOPD.

GARANTÍASIMPORTE
Responsabilidad Civil Profesional700.000 €
Responsabilidad Civil Explotación700.000 €
Responsabilidad Civil Patronal150.000 € Sublímite por víctima
Responsabilidad Civil Locativa30.000 € *
Gastos Defensa Propiedad Intelectual/Industrial30.000 € *
Inhabilitación Profesional2.000 €/mes (máximo 12 meses)
Pérdida de documentos60.000 € *
Protección de Datos60.000 € *
Deshonestidad de empleados150.000 €
Defensa y FianzasIncluida
Liberación de gastosIncluida
*Sublímite por reclamación y anualidad,por asegurado.