Atención ESFEM
Elige cómo prefieres contactar con nosotros
Hola 👋
Si quieres escribirnos por WhatsApp, dinos tu nombre y una asesora de ESFEM te atenderá.
o
📞
¿Prefieres hablar directamente?
945 492 491
Llamar ahora →
Atención personalizada de ESFEM
ESFEM | 🏢 Empresas
🧑‍🎓 Alumnos 🎓 Cursos 📚 Skills 🏫 Escuela
📞 Llamar 945492491 🟢 WhatsApp
▶️Acceso a mi curso ⚖️Normas de uso 💡Consejos alumno 🤝Comunidad ESFEM ❓FAQ alumn@s 🎯Salidas profesion ↩️Devoluciones ✅Certificado ver
🤝Mediación 📊Administración 🩺Salud 📈Ventas 👔Habilidades ⚖️Igualdad 💻Microsoft 🛡️Seguros 🧠Prevención
🏠Inicio Skills 🎯Objetivos 📚Biblioteca 🧭Itinerarios 🏆Microcredenciales 👤Mi perfil
🏫Dónde estamos ❤️Qué hacemos 🎯Metodología 📖Storytelling 🌊Metodo inmersivo 🧪Evaluación 🧰Herramientas 📍Sedes 📱Redes sociales ✉️Contacto 🔒Privacidad 🍪Cookies 📄Documentación 📰Blog
Ir al contenido
ESFEM
  • Inicio
  • Fundae
  • Cursos por categorias
    • Mediación - Ministerio de Justicia
      • 📝 Quiero inscribirme en el Registro
      • 📚 Quiero formación continua
      • 🎓 Quiero formación especializada
      • Guías Profesionales
      • Actualidad - Junio 2026
      • Legislación Mediación
      • Entrenamiento del Mediador
      • Registros de Mediadores
      • Mediación estratégica
      • Diploma - Verificable
      • ⚖️ Ley 8/2021
      • 📘 Real Decreto 193/2023
      • Instrucciones Registro
      • Mediación para procuradores
    • Habilidades Directivas
    • Administración y Gestión
      • Salidas profesionales
    • Igualdad
    • Comercial y Ventas
    • Cuidados y Enfermería
      • Salidas profesionales
    • Ciencias de la Salud
      • Prevención-riesgos
    • Seguros
      • Tú nos envías el Excel
    • PBC / FT
  • Rincón del Mediador/a
    • Entrenamiento del mediador
      • Ruta del Mediador
      • Detecta el Error
      • Dilema Ético
      • Frase Perfecta
      • Radar Emocional
      • Reto Express
    • Actualidad en mediación y MASC
    • Inteligencia Artificial Aplicada
    • Utilizar la IA en Mediación
  • Esfem-Skills
    • Qué es Esfem Skills
    • Aprendizaje por Competencias
    • Perfil Profesional
    • Soft Skills
    • Testimonios de Alumnos
    • Itinerario Comunicación
    • Itinerario Desarrollo
    • Itinerario Productividad
    • Itinerario Liderazgo
    • Itinerario Emocional
    • Itinerario Adaptabilidad
  • Acceso Alumn@s
    • Acceso a mi curso
    • ⚖️ Normas de uso
    • Consejos para el Alumno
    • 🤝 Comunidad ESFEM
    • ❓ FAQ Alumn@s
    • 🎯 Salidas profesionales
    • Política de devoluciones
    • Certificado digital verificable
    • Desarrollo
  • Quienes somos
    • Nuestra razón de ser
    • Metodología
      • Técnicas de Storytelling
      • Metodología Inmersiva
      • Nuestras pruebas de evaluación
      • Herramientas a tu disposición
    • Política de Privacidad
    • Política de Cookies
    • Contacto
    • Redes Sociales
    • Documentación Pública
  • Blog
    • Laboral & Nóminas
    • Mediación
    • Cuidados y Enfermería
    • Administración y Gestión
ACTUALIDAD PROCESAL ESFEM

Ley Orgánica 1/2025: aplicación práctica y criterios judiciales

Análisis estructurado de los principales problemas interpretativos surgidos tras la reforma del proceso civil: MASC, admisión, monitorio, costas, juicio verbal, desahucio y competencia.

⚖ MASC 📑 Jurisprudencia 🧭 Criterios prácticos
8 materias clave
02·01·2025 Aprobación

Ley Orgánica 1/2025.

03·04·2025 Entrada en vigor

Comienza su aplicación efectiva.

2025–2026 Consolidación

Primeros criterios judiciales y divergencias.

☰
LO 1/2025 Índice de materias
00
IntroducciónContexto de la reforma
01
Derecho transitorioFecha relevante
02
Oferta vinculanteArt. 17
03
MonitorioGeneral y PH
04
InadmisionesSubsanación y art. 24 CE
05
Diligencias finalesJuicio verbal
06
Satisfacción y costasArt. 22 LEC
07
DesahucioImposibilidad del MASC
08
Familia y violenciaArt. 49 bis LEC
09
ConclusionesSíntesis práctica
Documento de actualización

Los criterios expuestos reflejan las primeras resoluciones dictadas durante la fase inicial de aplicación.

CONTEXTO GENERAL

Una reforma procesal de gran alcance

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de Medidas en Materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, ha reformado de forma intensa el proceso civil. Su entrada en vigor se produjo el 3 de abril de 2025.

La aplicación práctica ha planteado problemas interpretativos y organizativos para órganos judiciales, abogados, procuradores, mediadores y demás operadores jurídicos.

1MASC

Requisito de procedibilidad en gran parte de los litigios civiles.

2Juicio verbal

Rediseño de tramitación, admisión y prueba.

3Ejecución

Cambios relevantes, especialmente en subasta judicial.

4Costas

Actividad negociadora, minoración, exoneración y abuso.

Escenario actual

Las primeras resoluciones muestran criterios no siempre coincidentes. Resulta esencial identificar tendencias, errores frecuentes y buenas prácticas emergentes.

✓
⚖
Derecho transitorioDisposición Transitoria novena
PLANTEAMIENTO

¿Qué significa «procedimientos incoados»?

La Disposición Transitoria novena establece que la reforma será aplicable exclusivamente a los procedimientos incoados con posterioridad a su entrada en vigor. La duda se centra en determinar si el momento relevante es la presentación, el reparto o la admisión de la demanda.

JURISPRUDENCIA DESTACADA AAP Valencia, Sección 10.ª, 299/2025, de 28 de mayo

Acoge el criterio de la fecha de presentación. Una demanda presentada el 2 de abril de 2025 no debía acreditar MASC, porque la reforma entró en vigor el 3 de abril.

La fecha relevante debe ser cierta y no depender de los tiempos internos de la oficina judicial.
TRIBUNAL SUPREMO STS 1051/2025, de 1 de julio

Confirma la aplicación del régimen anterior a un procedimiento iniciado antes de las reformas y ordena la retroacción de actuaciones.

Conclusión práctica
  • El hito determinante es, con carácter general, la presentación o registro.
  • No debe exigirse MASC a demandas presentadas antes del 3 de abril de 2025.
  • Este criterio refuerza la seguridad jurídica.
📝
Oferta vinculante confidencialArt. 17 LOMESPJ

Contenido, forma y control judicial

La oferta vinculante confidencial constituye uno de los MASC previstos por la ley. Las principales dudas se refieren a si exige renuncia, cómo debe remitirse, qué puede examinarse en admisión y si los defectos son subsanables.

CRITERIO PRINCIPAL AAP Alicante, Sección 8.ª, 48/2025, de 18 de julio
1No exige renuncia

No es indispensable ofrecer quita, aplazamiento o sacrificio del crédito.

2Correo electrónico válido

Debe acreditar identidad, recepción, fecha y contenido.

3Control inicial limitado

La confidencialidad impide un examen exhaustivo en admisión.

4Subsanación previa

Antes de inadmitir deben aclararse y completarse los defectos formales.

Recomendación ESFEM

Documentar el envío, la recepción, la fecha, la identidad del destinatario y una propuesta real de solución, evitando revelar innecesariamente contenido confidencial.

📂
Monitorio general y de propiedad horizontalArts. 4 y 5 LOMESPJ

Una de las principales lagunas interpretativas

La ley excluye expresamente el cambiario y el monitorio europeo, pero no contiene una exclusión equivalente para el monitorio general ni para el previsto en el art. 21 LPH.

CRITERIO JUDICIAL AAP Málaga, Sección 6.ª, 260/2025, de 6 de junio

Considera exigible el MASC tanto en el monitorio general como en el de propiedad horizontal, confirmando la inadmisión por ausencia de negociación previa.

Cautela práctica
  • Existe un criterio judicial favorable a exigir MASC en todos los monitorios nacionales.
  • La ausencia de intento previo puede provocar inadmisión.
  • Conviene acreditar el MASC incluso en reclamaciones comunitarias.
🛡
Argumentos frente a la inadmisiónTutela judicial efectiva

Acceso a la jurisdicción y principio pro actione

La inadmisión de una demanda por defectos vinculados al MASC puede afectar al derecho reconocido en el art. 24 CE cuando se adopta de forma automática, excesivamente formalista o sin permitir subsanación.

STC 163/2016Acceso a la jurisdicción

La causa de inadmisión debe ser legal, razonada y proporcionada.

PrincipioPro actione

Debe evitarse una interpretación arbitraria o excesivamente formalista.

Art. 11.3 LOPJSubsanación

Los defectos reparables no deben cerrar directamente el procedimiento.

Argumento central

Antes de inadmitir, el órgano judicial debe ofrecer la posibilidad de aclarar, completar o acreditar el requisito cuando el defecto sea subsanable.

📑
Diligencias finales en juicio verbalArt. 445 LEC

Extensión al juicio verbal

Las diligencias finales, tradicionalmente vinculadas al juicio ordinario, han sido incorporadas también al juicio verbal tras el Real Decreto-ley 6/2023 y la Ley Orgánica 1/2025.

RESOLUCIÓN DESTACADA SAP Santander, Sección 2.ª, 449/2025, de 25 de junio

Reconoce expresamente la posibilidad de acordar diligencias finales en el juicio verbal, aunque su admisión continúa siendo excepcional.

Conclusión práctica

El art. 445 LEC permite esta actuación en juicio verbal cuando concurran los presupuestos legales.

💶
Satisfacción extraprocesal y costasArt. 22 LEC

Un nuevo tratamiento de las costas

La reforma permite valorar la imposición de costas en determinados supuestos de satisfacción extraprocesal, diferenciando esta figura del allanamiento y del desistimiento.

RESOLUCIÓN DESTACADA AAP Barcelona, Sección 19.ª, 222/2025, de 12 de junio

Aplica el régimen anterior porque la reforma aún no estaba vigente y no impone costas en el supuesto examinado.

Regla operativa
  • Si existe acuerdo sobre la satisfacción, el proceso termina sin costas.
  • La oposición infundada puede generar costas del incidente.
  • La fecha del procedimiento determina el régimen aplicable.
🏠
Desahucio e imposibilidad de practicar el MASCArt. 403 LEC
CRITERIO JUDICIAL AAP Zaragoza, Sección 4.ª, 138/2025, de 9 de junio

Cuando se acredita un intento real y el MASC no puede practicarse por causas no imputables al actor, la demanda debe admitirse.

Principio de proporcionalidad

La imposibilidad sobrevenida o la falta de localización de la contraparte no debe convertir el requisito de procedibilidad en un obstáculo insalvable.

Buenas prácticas
  • Conservar burofax, certificaciones y justificantes de intento.
  • Acreditar que se utilizaron los datos contractuales disponibles.
  • Explicar expresamente en la demanda la imposibilidad no imputable.
👨‍👩‍👧
Competencia entre Familia y Violencia sobre la MujerArt. 49 bis LEC

El momento preclusivo

La reforma aclara que la competencia del Juzgado de Familia se mantiene solo cuando la vista o comparecencia se ha iniciado materialmente. El mero señalamiento no consolida la competencia.

CRITERIO JUDICIAL AAP León, Sección 2.ª, 52/2025, de 9 de mayo

Reitera que no basta con señalar la vista: es necesario su inicio material.

Conclusión práctica

Hasta el inicio material de la vista, puede producirse la pérdida de competencia del Juzgado de Familia en favor del Juzgado de Violencia sobre la Mujer.

SÍNTESIS FINAL

Conclusiones generales

1Fecha de presentación

Es el criterio dominante para el derecho transitorio.

2MASC generalizado

Se consolida como presupuesto de procedibilidad civil.

3Subsanación

Debe priorizarse frente a la inadmisión automática.

4Correo electrónico

Puede acreditar una oferta vinculante correctamente documentada.

5Monitorio

Existen criterios que exigen MASC también en PH.

6Imposibilidad no imputable

No debe impedir el acceso a la jurisdicción.

7Juicio verbal

Admite diligencias finales en casos excepcionales.

8Competencia

La vista debe haberse iniciado materialmente.

✓ ★
Nota de actualización jurídica

Este contenido tiene finalidad informativa y formativa. La aplicación concreta debe atender al texto vigente, a las resoluciones posteriores y a las circunstancias específicas de cada procedimiento.

Institución

ESFEM

Escuela Superior de Formación Empresarial

Formación con enfoque universitario: rigor normativo, aplicación práctica y acompañamiento profesional. Programas alineados con la Ley 1/2025 y los MASC.

Formación Online Mediación & MASC Metodología práctica

Formación bonificada FUNDAE

Si tu empresa dispone de crédito, podrás bonificar nuestros cursos con gestión clara, trazabilidad y grupos por edición.

Ver FUNDAE Encomienda Participante

Contacto general: info@esfem.net

Programas

Formación en Mediación

  • Todo Mediación
  • Mediación (principal)
  • Inscripción en el Registro
  • Formación continua
  • Especialización

Itinerarios diseñados para el ejercicio profesional: habilidades, normativa aplicable y simulaciones orientadas a casos reales.

Transparencia

Información

  • Redes sociales
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
  • Nuestra razón de ser
  • Metodología

Compromiso con la transparencia y la orientación profesional: información clara y procesos responsables.

Contacto

Sedes y atención

ESFEM Formación Empresarial S.L.

📍 Vitoria-Gasteiz

Pedro de Asua Kalea, 69
01008 Vitoria-Gasteiz (Álava)

📍 Madrid

Calle Hermosilla nº 48 – 1º Derecha
28001 Madrid

📍 PUNTO DE MEDIACIÓN S.L.

Rua Progreso Nº 155 – Entresuelo
32003 Ourense

Tel. 639 44 55 73 · 647 500 435
Tel. 945 492 491
Email info@esfem.net

Atención online en toda España · Respuesta ágil por WhatsApp y correo.

© ESFEM · Todos los derechos reservados.
Privacidad · Cookies · Contacto
Respetamos su privacidad

En ESFEM utilizamos cookies propias y de terceros para analizar nuestros servicios pero NUNCA para mostrarle publicidad. Al pulsar el botón “Aceptar” acepta VD. el uso de estas cookies. Puede obtener más información sobre las cookies, si pulsa en el botón "Ver preferencias" configurarlas así como rechazarlas en el botón “Configurar”. También puede consultar más información sobre las cookies en nuestra Política de cookies – Escuela Superior de Formación Empresarial (esfem.es)

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}