Facilitación Procesal Galicia · Propuesta a la Xunta
Registro Gallego de Facilitadores Procesales

Propuesta para la creación del Registro Gallego de Facilitadores Procesales

Una iniciativa alineada con la Ley 8/2021, el Real Decreto 193/2023 y el resto de legislación procesal y estratégica en materia de discapacidad, para avanzar hacia una justicia más cercana, comprensible e inclusiva en Galicia. El curso piloto se impartiría desde el Centro Asociado de la UNED en Ourense, a propuesta de ESFEM como entidad de formación acreditada para mediadores.

✔ Basada en Ley 8/2021 y RD 193/2023
✔ Referencia al modelo de la Comunidad de Madrid
✔ Foco en discapacidad, accesibilidad y apoyos
✔ ESFEM: entidad de formación acreditada por el Ministerio de Justicia
✔ Punto de Mediación: institución de mediación inscrita en el Registro estatal

Esta página resume la propuesta principal. Desde aquí podrás acceder a los informes complementarios, el programa formativo y la memoria jurídico-técnica. La iniciativa se impulsa desde ESFEM, entidad de formación acreditada por el Ministerio de Justicia para formar mediadores, en coordinación con Punto de Mediación, institución de mediación inscrita en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación.

1. Marco normativo y estratégico

La figura del facilitador procesal se enmarca en una evolución clara de la legislación española hacia modelos de justicia más accesibles y centrados en la persona con discapacidad. La propuesta de Registro Gallego se apoya en los siguientes pilares:

Normativa estatal

Ley 8/2021, RD 193/2023 y legislación procesal

Base jurídica específica de la facilitación procesal
  • Ley 8/2021, que reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, impulsando la necesidad de apoyos adecuados en el entorno judicial.
  • Real Decreto 193/2023, que regula la intervención del personal experto facilitador en los procedimientos judiciales, detallando funciones, ámbitos de actuación y principios de intervención.
  • Ley 1/2025, de eficiencia procesal, que refuerza los Mecanismos Adecuados de Solución de Controversias (MASC) y la búsqueda de respuestas más ágiles y adaptadas a las personas.
  • Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), de aplicación supletoria al resto de órdenes, que fomenta la información clara y las soluciones consensuadas.
  • Ley de Jurisdicción Voluntaria y Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), especialmente relevantes en expedientes con personas mayores, menores y personas con discapacidad.
Estrategia y accesibilidad

Plan Justicia 2030 y Estrategia sobre Discapacidad

Justicia accesible, comprensible y orientada a la ciudadanía
  • Plan Justicia 2030, con líneas de actuación dirigidas a humanizar la justicia, mejorar la atención al ciudadano e incorporar perfiles interdisciplinarios de apoyo.
  • Proyecto de Accesibilidad de grupos vulnerables del Ministerio de Justicia, que promueve apoyos específicos en el entorno judicial.
  • Estrategia Española sobre Discapacidad 2022-2030 (Consejo de Ministros, 3 de mayo de 2022), especialmente su eje motor objetivo 3 (pág. 66) y eje motor objetivo 4 (pág. 67), orientados a la accesibilidad a la justicia y a los apoyos a la toma de decisiones.
Idea clave: La combinación de la Ley 8/2021, el RD 193/2023 y las estrategias estatales de accesibilidad avala la creación de un Registro Gallego de Facilitadores Procesales como herramienta legítima para garantizar apoyos efectivos a las personas con discapacidad en el Servicio Público de Justicia.

2. ¿Por qué un Registro Gallego de Facilitadores Procesales?

El facilitador procesal es un profesional especializado en comunicación, acompañamiento y gestión relacional en el contexto de la Justicia. No sustituye a abogados, jueces o personal funcionario, sino que complementa su labor, especialmente en la atención a personas que encuentran dificultades para comprender o gestionar el proceso.

Beneficios para la ciudadanía

  • Mejora de la comprensión del procedimiento por parte de las personas usuarias, especialmente en situaciones de discapacidad intelectual o del desarrollo.
  • Acompañamiento en la toma de decisiones, respetando siempre la autonomía de la persona.
  • Facilitación del acceso a Mecanismos Adecuados de Solución de Controversias (MASC) cuando resultan más adecuados que el litigio.
  • Reducción de la sensación de desamparo y desorientación ante la Administración de Justicia.

Beneficios para la Xunta y el sistema de Justicia

  • Refuerzo de las políticas de accesibilidad, igualdad y no discriminación, en línea con los compromisos estatales y europeos.
  • Contribución a la eficiencia procesal, mejorando la preparación de las partes y reduciendo incidencias asociadas a la falta de comprensión.
  • Desarrollo de un perfil profesional regulado y acreditado, con formación específica y supervisión de calidad.
  • Posibilidad de implementar el modelo de forma progresiva y evaluable, por ejemplo mediante proyectos piloto en determinados partidos judiciales.
Referencia comparada: La Comunidad de Madrid ha creado su propio registro de facilitadores procesales, lo que ofrece una experiencia de referencia que Galicia puede adaptar a su realidad competencial, lingüística y territorial. La propuesta gallega se impulsa desde ESFEM, como entidad de formación acreditada por el Ministerio de Justicia para formar mediadores, y se apoya en la experiencia de Punto de Mediación como institución de mediación ya inscrita en el Registro estatal.

3. Documentos complementarios de la propuesta

Para facilitar el análisis por parte de la Xunta de Galicia, la propuesta se acompaña de diversos documentos y páginas complementarias que desarrollan en detalle los aspectos formativos, jurídicos y organizativos del proyecto.

Informe jurídico y marco normativo detallado

Análisis específico de la Ley 8/2021, el Real Decreto 193/2023, la Ley 1/2025, la Ley Orgánica del Derecho de Defensa, la LEC, la LJV, la LECrim, el Plan Justicia 2030 y la Estrategia sobre Discapacidad, aplicado a la figura del facilitador procesal en Galicia.

Ver informe jurídico completo →

Programa formativo del Curso de Facilitador/a Procesal (120 h)

Propuesta de curso de 120 horas de Facilitador/a Procesal, alineado con la Ley 8/2021 y el RD 193/2023, que supera el estándar de otras comunidades autónomas. El curso está dirigido a profesionales jurídicos y psicosociales que intervienen con personas con discapacidad intelectual o del desarrollo en el ámbito judicial y se plantea para su impartición desde el Centro Asociado de la UNED en Ourense, a propuesta de ESFEM.

Ver programa formativo →

Modelo organizativo del Registro Gallego

Descripción del funcionamiento propuesto del Registro: requisitos de acceso, mantenimiento, formación continua, código de conducta y supervisión de la práctica profesional.

Ver propuesta de Registro →

Memoria de impacto social y accesibilidad

Justificación de impacto sobre la accesibilidad a la justicia, la inclusión de personas con discapacidad y la mejora de la experiencia del usuario en el Servicio Público de Justicia, integrando buenas prácticas del Tercer Sector y entidades de referencia.

Ver memoria de impacto →

4. Propuesta de colaboración con la Xunta de Galicia

La presente propuesta se ofrece a la Xunta de Galicia como una iniciativa abierta a la colaboración institucional. El diseño del Registro Gallego de Facilitadores Procesales y del programa formativo asociado puede adaptarse a las necesidades específicas de la Comunidad Autónoma y a las prioridades de su política pública de justicia.

Líneas de colaboración posibles

  • Diseño conjunto del perfil profesional y de las funciones del facilitador procesal en Galicia.
  • Adaptación del programa formativo a los criterios de acreditación que determine la Xunta.
  • Desarrollo de proyectos piloto en determinados partidos judiciales o servicios de orientación.
  • Evaluación del impacto del Registro y propuestas de mejora continua.

Contacto

Para ampliar información, solicitar los documentos completos en formato PDF o estudiar posibles vías de colaboración, se facilita el siguiente canal de contacto:

Entidad proponente:
Escuela Superior de Formación Empresarial (ESFEM)
Entidad de formación acreditada por el Ministerio de Justicia para la formación de mediadores
Colaboración con Punto de Mediación, institución de mediación inscrita en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación
Correo electrónico: info@esfem.net
Web: www.esfem.es